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Ley de tierras: uno por uno, los principales cambios que debatirá el Senado

Patricia Bullrich detalló las modificaciones del proyecto que el oficialismo define como la "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada". Entre los cambios más relevantes figura la ampliación del límite para la compra de tierras por parte de extranjeros del 15% al 25%.

Nicolás Córdoba3 min de lectura
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Ley de tierras: uno por uno, los principales cambios que debatirá el Senado
Ley de tierras: uno por uno, los principales cambios que debatirá el Senado

Resumen para apurados

El Senado de la Nación debatirá este jueves el proyecto de modificación de la ley de tierras, iniciativa que el oficialismo rebautizó como "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada". La senadora nacional y titular del bloque libertario en la Cámara alta, Patricia Bullrich, confirmó los principales cambios que tendrá el texto, varios de los cuales ya habían trascendido en los borradores que circularon durante las últimas 24 horas entre dirigentes y comunicadores.

El punto que concentra la mayor atención es la ampliación del límite para la adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas extranjeras. La iniciativa propone elevar ese tope del 15% al 25% del territorio de cada provincia.

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Sin embargo, desde distintos sectores de la oposición, especialmente los espacios no dialoguistas, advirtieron que el proyecto presenta una "trampa" porque no establece límites para la compra de tierras a nivel municipal.

Según plantean, esto permitiría la adquisición de grandes extensiones en zonas estratégicas o incluso de municipios y pueblos completos, ya que el porcentaje se computaría únicamente sobre el total del territorio provincial.

Entre las modificaciones que impulsará el oficialismo se destaca el incremento del límite para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, que pasará del 15% al 25% en cada provincia.

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Además, el texto ratifica que "la adquisición de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera por extranjeros deberá contar con la autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional".

En materia de expropiaciones, el proyecto establece que la indemnización por lucro cesante podrá superar el equivalente al 30% del valor del daño emergente, siempre que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior.

También determina que el valor del bien expropiado deberá fijarse tomando como referencia la fecha inmediatamente anterior a cualquier acto administrativo, legislativo o anuncio público vinculado con la expropiación. Ese monto será actualizado por inflación y se le adicionará la tasa de interés nominal anual correspondiente a los plazos fijos tradicionales del Banco de la Nación Argentina desde la mora hasta el pago efectivo.

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El proyecto reafirma que cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre su territorio y el dominio originario de los recursos naturales, de acuerdo con los artículos 121 y 124 de la Constitución Nacional. En ese marco, cada jurisdicción podrá establecer la normativa aplicable en ejercicio de las competencias no delegadas.

Asimismo, señala que los extranjeros mantienen los derechos reconocidos por el artículo 20 de la Constitución Nacional. No obstante, dispone que las únicas restricciones para adquirir tierras rurales serán la prohibición para los Estados extranjeros y para las personas jurídicas con participación estatal extranjera, directa o indirecta, salvo autorización expresa de la provincia donde se ubique el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.

El texto también aclara que el Poder Ejecutivo no podrá delegar esa facultad de autorización en funcionarios con rango inferior al de secretario de Estado.

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Otra de las modificaciones establece que toda adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas extranjeras deberá inscribirse en el registro inmobiliario de la provincia correspondiente, consignando la nacionalidad del adquirente. En el caso de empresas con participación estatal extranjera, deberán acompañar las autorizaciones emitidas tanto por la provincia como por el Poder Ejecutivo Nacional.

Además, se mantiene la exigencia de autorización conjunta para la compra de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera, mientras que el Gobierno nacional conservará las competencias vinculadas con la seguridad nacional, los objetivos estratégicos y la defensa.

El proyecto incorpora, además, un mecanismo de restitución anticipada de inmuebles que busca agilizar los desalojos antes de que exista una sentencia definitiva.

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La iniciativa también propone modificar la Ley de Manejo del Fuego. En ese apartado elimina las restricciones que impedían cambiar el destino de las tierras afectadas por incendios, uno de los aspectos que también genera debate entre oficialismo y oposición.

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Información basada en una publicación de La Gaceta. El Radar Tucumán reversiona y contextualiza la nota.
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