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La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario: qué dijeron los jueces

El máximo tribunal rechazó un recurso del gobierno de Milei y confirmó la vigencia de la medida que ordena la actualización salarial y la recomposición de programas universitarios.

Luis Duarte2 min de lectura
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La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario: qué dijeron los jueces
La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario: qué dijeron los jueces

Resumen para apurados

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme este jueves la medida cautelar que ordena al Estado Nacional aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de financiamiento universitario, al rechazar un recurso del gobierno de Javier Milei por ausencia de sentencia definitiva.

De este modo, se mantiene vigente en esta etapa la actualización salarial y la recomposición de programas estudiantiles dispuestas en la causa.

El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó la presentación del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y confirmó lo resuelto en instancias anteriores, sin ingresar en el fondo del planteo. En los hechos, la resolución no implica efectos económicos inmediatos, dado que parte de los aumentos ya había sido acordada previamente entre las partes, consignó el sitio Infobae.

El 10 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo firmó un acta en la que se comprometió a transferir fondos para un incremento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y la ampliación de las partidas para hospitales universitarios hasta $50.000 millones. En ese marco, la decisión judicial se interpreta como un respaldo a la vigencia de la normativa, aunque sin impacto financiero adicional en esta instancia.

La causa se originó a partir de un amparo colectivo presentado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de distintas universidades nacionales, que solicitaron la inconstitucionalidad del decreto 759/2025. Ese decreto estableció que la ley 27.795 solo podía ejecutarse una vez definidas fuentes específicas de financiamiento.

En primera instancia, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal había ordenado, como medida cautelar, la aplicación inmediata de los artículos 5 y 6 de la ley, vinculados a la actualización salarial del personal docente y no docente desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además de la recomposición de programas del estudiantado.

La cautelar no abarca la totalidad de la ley, ya que quedaron excluidos la recomposición presupuestaria de 2024 y 2025 y otros programas de asistencia y fortalecimiento. En su análisis, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal consideró que el Estado no había logrado desvirtuar la verosimilitud del derecho invocado por las universidades y advirtió sobre el posible perjuicio en términos salariales y en el funcionamiento del sistema educativo.

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Información basada en una publicación de La Gaceta. El Radar Tucumán reversiona y contextualiza la nota.
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