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La Corte defendió su fallo sobre tierras y cuestionó los "discursos de odio"

La Corte también aclaró que la sentencia solo resolvió un aspecto procesal y que no impide otros reclamos judiciales.

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La Corte defendió su fallo sobre tierras y cuestionó los "discursos de odio"
La Corte defendió su fallo sobre tierras y cuestionó los "discursos de odio"

La Corte también aclaró que la sentencia solo resolvió un aspecto procesal y que no impide otros reclamos judiciales.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación defendió el alcance de su fallo en la causa "Cecim c. el Gobierno Nacional" y cuestionó los "discursos de odio y descalificación" surgidos en torno a la controversia sobre el régimen legal de tierras.

El máximo tribunal difundió una aclaración dirigida a la opinión pública con la finalidad de "despejar dudas" generadas a partir de la sentencia y remarcó que en el caso "solo se decidió un aspecto procesal", referido a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar.

Según explicó, la decisión "se ajusta estrictamente a todos los precedentes" de la Corte y no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que se encuentran en trámite ante distintos tribunales.

Además, señaló que el fallo tampoco impide que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras solicite una medida cautelar, cuya procedencia deberá ser resuelta por el juez competente.

"Los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales", sostuvo la Corte.

El tribunal indicó también que la sentencia no obstaculiza la actuación del Congreso en el tratamiento de ese aspecto del DNU 70/2023 y recordó que la norma fue rechazada por el Senado el 14 de marzo de 2024 y está siendo examinada por la Cámara de Diputados.

En su comunicado, la Corte reivindicó además su actuación en materia ambiental y aseguró que ejerció durante años "un liderazgo" en la protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos.

"La crítica es correcta; la descalificación y el odio solo deterioran las instituciones y la democracia", afirmó.

Finalmente, precisó que la controversia sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737, correspondiente al Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, no fue resuelta en este expediente.

La Corte sostuvo que se expedirá sobre esas normas cuando lleguen los reclamos correspondientes, algo que, según indicó, todavía no ocurrió, por lo que aseguró que no puede interpretarse que exista una posición del tribunal o de sus ministros sobre el régimen.

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Información basada en una publicación de lv12. El Radar Tucumán reversiona y contextualiza la nota.
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