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Controles migratorios: estas son las nuevas causales de expulsión y rechazo de extranjeros

Una guía útil con todo lo que tenés que saber sobre los nuevos requisitos para entrar o permanecer en Argentina.

Miguel Velardez2 min de lectura
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Controles migratorios: estas son las nuevas causales de expulsión y rechazo de extranjeros
Controles migratorios: estas son las nuevas causales de expulsión y rechazo de extranjeros

Resumen para apurados

A partir de hoy rigen en Argentina nuevos criterios para la admisión y permanencia de ciudadanos extranjeros. A través de una modificación en la Ley N° 25.871, el Poder Ejecutivo busca regular la convivencia social estableciendo límites estrictos a conductas que considera ofensivas para la identidad y la seguridad nacional. A continuación, los puntos clave para entender qué cambió.

La reforma del artículo 29 de la Ley de Migraciones añadió nuevas causales para impedir de forma inmediata el ingreso de una persona a territorio argentino. Los controles fronterizos ahora pondrán el foco en:- Mensajes de odio: personas que hayan difundido, de manera oral o escrita, discursos de odio contra la sociedad argentina.

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- Incitar a la violencia: aquellos que promuevan actos violentos contra el pueblo argentino en general o contra ciudadanos específicos por su nacionalidad.

- Ataque a símbolos patrios: quienes hayan realizado o participado en actos de ultraje contra la bandera, el himno o el escudo nacional, o hayan incitado a otros a hacerlo.

Uno de los cambios más importantes es que la norma no solo aplica a turistas o recién llegados, sino también a quienes ya viven en el país. Bajo la modificación del artículo 62, el Estado argentino podrá cancelar la residencia (sea temporaria o permanente) si un extranjero incurre en las mismas conductas mencionadas anteriormente.

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Esto implica que cualquier extranjero residente que participe en actos de ultraje a símbolos patrios o que promueva mensajes de odio y violencia por motivos de nacionalidad, queda sujeto a un proceso de revocación de su estatus migratorio y posterior expulsión.

Para evitar arbitrariedades, el DNU establece una distinción clara entre lo que es un delito migratorio y lo que es un derecho constitucional. Según el texto oficial, no serán motivo de sanción:

1- El disenso ideológico: tener una postura política contraria al gobierno de turno.

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2- La crítica política y ciudadana: las opiniones críticas sobre el funcionamiento del Estado o la sociedad, siempre que se realicen dentro de los canales democráticos.

3- La actividad académica: el debate de ideas en ámbitos universitarios o de investigación.

La norma persigue la "incitación directa a la violencia y el odio nacional", pero garantiza que el ejercicio legítimo de la libertad de expresión sigue protegido para todos los habitantes, sin importar su origen.

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Información basada en una publicación de La Gaceta. El Radar Tucumán reversiona y contextualiza la nota.
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